La necesidad de dar solución al consumidor actual, ha llevado al Gobierno a aprobar un real decreto por el que se establece la obligatoriedad de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.
En unos cuatro meses entrará en vigor la obligatoriedad de etiquetar la leche y los productos lácteos elaborados en España identificando el país de ordeño y el de transformación de la leche utilizada como materia prima.
Agricultura ha precisado que, en cuanto a los productos legalmente fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto, podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.
Cuando el país de ordeño o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse España y no se podrá sustituir por la expresión UE. Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse País de ordeño y País de transformación, seguidas del nombre de los Estados Miembros, o UE, fuera de la UE, UE y fuera de la UE.
De esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche que ha sido ordeñada y transformada en España.
Distribuidor mayorista de productos zoosanitarios.